¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO PARA INCLUIR LOS DATOS PERSONALES EN UN FICHERO?
Cualquier tratamiento de datos personales necesitará previamente que la persona interesada haya dado su consentimiento. Existen dos tipos de consentimiento según la Ley LOPD y que son el inequívoco y el expreso:
Las excepciones a la solicitud del consentimiento están reflejadas en la Ley y son las siguientes:
- cuando se recojan los datos para el ejercicio de las propias Administraciones Públicas en el ámbito de sus competencias;
- cuando se refieran a las partes de un contrato o precontrato de una relación negocial, laboral o administrativa y sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento;
- cuando el tratamiento de los datos tenga finalidad proteger un interés vital del interesado o cuando los datos figuren en fuentes accesibles al público.
En resumen, cualquier dato personal que contenga un fichero deberá poseer el consentimiento suficiente el cual sólo se podrá excepcionar únicamente según los supuesto tasados a que aparecen en el párrafo anterior.
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